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El Supremo cambia tres permisos laborales: así deben aplicarlos ahora los autónomos con empleados

Las pymes y autónomos con empleados deberán prestar especial atención a varias resoluciones recientes del Tribunal Supremo que afectan directamente a la gestión de sus plantillas. En apenas dos meses, el Alto Tribunal ha aclarado cómo deben aplicarse algunos de los permisos laborales que más dudas generan entre empleadores y asesorías: desde cuándo debe comenzar el permiso por hospitalización de un familiar hasta cómo influye el permiso parental en el cálculo de las vacaciones o qué ocurre con el permiso por nacimiento cuando el bebé fallece antes de nacer. 

Estas decisiones resultan especialmente relevantes para quienes gestionan equipos reducidos, en los que la ausencia de un trabajador puede alterar de forma inmediata la organización del negocio. En este sentido, los nuevos pronunciamientos del Supremo fijan criterios claros sobre la aplicación práctica de varios derechos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores. 

Con estas sentencias, el tribunal aporta seguridad jurídica a empresas, asesorías y despachos laborales sobre cuestiones que hasta ahora generaban interpretaciones distintas. Los fallos delimitan cómo deben actuar los negocios en situaciones que forman parte de la realidad cotidiana de cualquier plantilla, desde la gestión de permisos por cuidados familiares hasta los derechos vinculados al nacimiento de un hijo. 

  1. Las empresas no pueden imponer cuándo comenzar el permiso por hospitalización
  2. El permiso parental de los empleados también genera vacaciones
  3. El Supremo niega el permiso al padre si el bebé fallece antes del nacimiento
  4. Los jueces argumentan que la normativa distingue la finalidad de la prestación según el progenitor

Las empresas no pueden imponer cuándo comenzar el permiso por hospitalización

El Tribunal Supremo ha confirmado que las pymes no pueden imponer de forma unilateral cuándo debe comenzar el permiso retribuido de cinco días por hospitalización, enfermedad grave o intervención quirúrgica de un familiar previsto en el artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores. 

    En la sentencia 702/2026, el Alto Tribunal avala el criterio de la Audiencia Nacional y declara contraria a Derecho una instrucción interna empresarial que obligaba a iniciar el permiso justo en el momento del hecho causante. Según recuerda el tribunal, la normativa laboral no fija una regla específica sobre el inicio de este permiso, por lo que no puede limitarse mediante decisiones internas de la empresa.  

    El fallo también insiste en la finalidad asistencial de este derecho laboral. El permiso no está pensado únicamente para el momento exacto de la hospitalización, sino para atender las necesidades de cuidado del familiar.  

    Como explicó el abogado laboralista Jaume Barcons, “la sentencia dice que este permiso no requiere sólo hospitalización, puede ser un reposo domiciliario”, de modo que su finalidad es facilitar la atención al familiar cuando realmente sea necesaria. En esta línea, el Supremo concluye que el permiso “no se tiene por qué disfrutar a partir del primer hecho causante”, ya que las necesidades de cuidado pueden prolongarse más allá del momento inicial. 

    No obstante, el permiso sigue teniendo límites claros. Barcons recordó que “no se puede fraccionar. Tienes cinco días, no tienes un día hoy, un día mañana y otro día más adelante”. Es decir, aunque el inicio no tenga que coincidir obligatoriamente con el hecho causante, los días deben disfrutarse de forma continuada. En la práctica, añadió el abogado, si “al familiar del trabajador lo operan un sábado y el domingo no trabaja, los cinco días le empezarán a computar el lunes”, es decir, desde el primer día laborable. 

    Para los autónomos y pequeños negocios con empleados, la sentencia implica que deberán gestionar estos permisos con mayor flexibilidad. Según Barcons, “esto afectará a la organización de la empresa”, especialmente cuando se trate de operaciones programadas. 

    (fuente autonomos y emprendedores)