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El Gobierno refuerza la protección de empresas y trabajadores en los sectores más afectados por la pandemia para impulsar su recuperación

El Real Decreto-Ley de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria que hoy ha aprobado el Consejo de Ministros profundiza en la protección de las personas trabajadoras y del tejido productivo tras las nuevas restricciones que se han hecho necesarias debido a la evolución de la pandemia.

Tanto el sector del turismo, en un sentido amplio, incluyendo su cadena de valor, como el del comercio minorista, fuente importante, además, de empleo para las mujeres, están sufriendo de manera intensa el impacto económico de la crisis sanitaria.

Nuevas actividades que mejoran su protección

El Real Decreto-Ley aprobado hoy redunda en la protección del Real Decreto-Ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo y refuerza la protección de actividades como, entre otras, “Comercio al por mayor de bebidas”, “Restaurantes y puestos de comidas” y “Establecimientos de bebidas”.

 Estas actividades se incluyen en este nuevo real decreto-ley atendiendo a que, con fecha 14 de diciembre, la tasa de cobertura de las personas trabajadoras todavía amparadas por los ERTE es superior al 15% de los afiliados en su código de CNAE y su tasa de recuperación desde primeros de mayo es inferior al 65%.

Por este motivo, se extienden ahora las exenciones previstas a las empresas de los sectores indicados que han prorrogado sus expedientes de regulación temporal de empleo tanto con su actividad suspendida como reiniciada. Se les aplicarán los mismos porcentajes ya establecidos de hasta el 85% de los ERTE especialmente protegidos.

Trabajadores fijos discontinuos

Las bonificaciones a los trabajadores fijos discontinuos son aplicables a las empresas encuadradas en el sector del turismo y también del comercio y la hostelería, siempre que estén vinculadas al sector turístico. Se mantienen las bonificaciones del 50% por extensión del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos desde el mes de abril hasta el mes de octubre de 2021 complementariamente al periodo ya previsto en los Presupuestos Generales del Estado para 2021 de los meses de febrero, marzo y noviembre. Estas bonificaciones serán compatibles con las exoneraciones de las cuotas de la Seguridad social que, eventualmente, pudieran ser aplicables.

Subsidio especial por desempleo

Los trabajadores que hayan agotado su prestación contributiva por desempleo, su subsidio por desempleo o la renta activa de reinserción entre el 14 de marzo y el 30 de junio de 2020, podrán solicitar el subsidio especial por desempleo durante el plazo adicional de un mes a partir de la publicación del Real Decreto-Ley que acaba de aprobar el consejo de ministros.