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En vigor desde el 1 de junio de 2023 la nueva baja por menstruación incapacitante

Como tratábamos en nuestra noticia el pasado 01/03/2023, la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero (BOE 01/03/2023) reconocía la posible situación de incapacidad temporal derivada de menstruaciones incapacitantes, por interrupción del embarazo y desde la semana 39.ª de embarazo. Este aspecto de la norma entra en vigor el 1 de junio de 2023.

La disposición final tercera de la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo introduce, en su disposición final tercera, modificaciones en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social -LGSS- en relación a la creación de las siguientes situaciones especiales de IT de contingencias comunes:

  • IT por menstruación incapacitante secundaria.
  • IT por interrupción voluntaria del embarazo.
  • IT por gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana trigésima novena.

Como ha desarrollado el boletín de noticas red n.º 07/2023, de 16 de mayo«Hasta que se proceda a la implantación de la aplicación automática de las condiciones de cotización asociadas a cada una de las 3 nuevas situaciones especiales de IT (…), para la aplicación en las liquidaciones de cuotas de estas condiciones de cotización se deberá solicitar dicha aplicación a través del trámite “Situaciones especiales de IT” de la aplicación CASIA, ubicado en la siguiente ruta – Afiliación, altas y bajas/variación datos cuenta ajena/Sit. Especiales IT-».

A TENER EN CUENTA. Según el criterio del INSS n.º 14/2023, de 1 de junio de 2023, las nuevas situaciones especiales de IT contempladas en el LGGG se aplican en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y al Régimen Especial de la Minería del Carbón (REMC).

Nomenclatura de las nuevas situaciones de IT

Colectivo incentivado situación especial ITCCPeculiaridad Situación especial
8048 – ITCC P.DELEGADO. MENSTR.INCAP.SECUND.21  Menstruación incapacitante secundaria
8049 – ITCC P.DIRECTO. MENSTR.INCAP.SECUND.22
8050 – ITCC P.DELEG.DIFER.MENSTR.INCAP.SECUND.25
8051 – ITCC P.DELEG.MES ANT.MENSTR.INCAP. SECUN.26
8052 – ITCC P.DELEGADO. INTERRUPCIÓN EMBARAZO21  Interrupción embarazo
Interrupción embarazo 8053 – ITCC P.DIRECTO. INTERRUPCIÓN EMBARAZO22
8054 – ITCC P.DELEG.DIFERIDO INTERRUP. EMBARAZO25
8055 – ITCC P.DELEG.DIFER.MES ANT. INTER. EMBAR26
8056 – ITCC P.DELEGADO. EMBARAZO 39ª SEMANA21  39.º semana gestación
8057 – ITCC P.DIRECTO. EMBARAZO 39ª SEMANA22
8058 – ITCC P.DELEG.DIFER. EMBARAZO 39ª SEMANA25
8059 – ITCC P.DELEG.DIFER.MES ANT.EMBA. 39ª SEM26

Información detallada para la aplicación en las liquidaciones de cuotas de las nuevas situaciones especiales por IT

Fuente: Boletín n.º 07/2023, 16 mayo de 2023

(fuente iberlex)