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Criterio del INSS sobre la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo

El INSS ha hecho público un nuevo criterio de gestión sobre la aplicación del Real Decreto-ley 11/2024, de 23 diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo. 

Criterio del INSS sobre la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo

El Criterio de gestión del INSS n.º 5/2025, de 12 de marzo de 2025, analiza la aplicación y alcance del nuevo marco legal para la compatibilidad entre trabajo y pensión.

La Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica ha emitido un criterio de gestión que detalla las implicaciones del Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, a partir de su entrada en vigor el 1 de abril de 2025. Este nuevo marco legal busca mejorar la compatibilidad de la pensión de jubilación con el ejercicio de actividad laboral, generando una serie de modificaciones significativas en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS), que afectan tanto a nuevos pensionistas como a aquellos que ya están en situación de jubilación activa.

Principales cambios introducidos por el Real Decreto-ley 11/2024

Una de las cuestiones más destacadas se refiere a cómo debe interpretarse la legalidad vigente en relación a la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo. De acuerdo con el criterio establecido, a partir del 1 de abril de 2025, se deberá aplicar la normativa vigente en el momento en que se inicie la actividad compatible, en lugar de la vigente en el momento de causar la pensión. Esta disposición representa un cambio crucial que permitirá a los pensionistas optar por la jubilación activa bajo un marco normativo más actualizado y flexible.

Entre las respuestas proporcionadas por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS), se establece que quienes accedieron a la pensión de jubilación antes del 1 de enero de 2022 no necesitarán cumplir con el requisito de un año de demora para la jubilación activa, siempre que se cumplan las condiciones restantes según la normativa vigente al momento de comenzar la actividad laboral compatible.

Los pensionistas que ya se encuentren en situación de jubilación activa cuando entren en vigor las nuevas normativas continuarán bajo los términos previos, salvo en relación con la exigencia de demora. Este cambio es fundamental para aquellos que ya han combinado su pensión con trabajo, asegurando la continuidad de su situación sin inconvenientes adicionales.

Cuantía de la pensión de jubilación compatible

El nuevo marco también establece cómo se calculará la cuantía de la pensión de jubilación para aquellos que opten por la jubilación activa. Según el artículo 214.2 del TRLGSS, el importe de la pensión compatible se calculará como un porcentaje del importe que se hubiera reconocido en el momento de acceder a la pensión, con incrementos del 5% por cada año adicional de demora en el acceso a la pensión para alcanzar hasta el 100% de la misma.

Este enfoque tarifado no solo busca recompensar a quienes retrasan su jubilación, sino también proporcionar un incentivo para que los pensionistas continúen su labor profesional, contribuyendo a la economía activa del país.

Jubilación parcial y nuevas regulas

Asimismo, se han introducido modificaciones en relación a la jubilación parcial, particularmente en lo que concierne al porcentaje de reducción de jornada en aquellos casos de acceso anticipado. Este nuevo criterio permitirá mayor flexibilidad y adaptabilidad en los entornos laborales, apoyando un enfoque más gradual hacia la jubilación.

Otros aspectos abordados incluyen regulaciones específicas para trabajadores con contratos de relevo y la aplicación de complementos adicionales para quienes se acojan a la modalidad mixta de jubilación, evidenciando un esfuerzo para modernizar y facilitar el acceso a pensiones ajustadas a las realidades laborales contemporáneas.

Fuente: Criterio de gestión del INSS n.º 5/2025, de 12 de marzo de 2025.

Compatibilidad de la pensión de jubilación y el trabajo (RD-ley 11/2024): descifrando el Criterio de gestión del INSS 5/2025.

(fuente iberlex)