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El nuevo régimen de cotización de los becarios, criticado por empresas y universidades por el alto coste que supone

El 1 de enero de 2024 entró en vigor el nuevo régimen de cotización de los becarios, modificando así la Ley general de la Seguridad Social que fue aprobada el 30 de octubre de 2015. Un nuevo sistema que está generando críticas entre los empresarios y en la Conferencia de Rectores de las Universidades Españoles (CRUE), compuesta por 50 universidades públicas y 27 privadas por el alto coste que supone.

Pero para conocer el fondo del asunto y el motivo por el cual existe este descontento, hay que saber que con tal modificación se añadió una disposición adicional para tratar la inclusión en el sistema de Seguridad Social de los alumnos que realicen prácticas formativas o académicas externas situadas en programas de formación. 

Una obligación que, tal y como explica el socio director y fundador de Administrativando Abogados, Antonio Benítez Ostos, no distingue entre prácticas remuneradas, o no. Pues, hasta ahora, sólo había obligación de dar de alta si se pagaba a los becarios.

Para costearlo, la Seguridad Social se hará cargo del 95%, y el Ministerio de Educación de un 5%. Pero este 5% sólo abarca en el caso de los estudiantes de Formación Profesional y no de los universitarios.

Algo que está generando críticas tanto de las empresas que contratan a esos estudiantes como de la CRUE porque, si la empresa no quiere asumir ese coste del 5%, lo tienen que hacer ellos.

Antonio Benítez Ostos, abogado experto en derecho administrativo.

LA CRUE ESTIMA QUE COSTARÁ 9 MILLONES DE EUROS A LAS ARCAS DE LAS UNIVERSIDADES

Desde la CRUE ya ha comentado que el 98% de las empresas que contratan a los becarios para prácticas curriculares no se están haciendo cargo de sus cotizaciones, de modo que estiman que si para 2024 habrá unos 400.000 alumnos en esta situación, les costará 9 millones de euros en las arcas de las universidades.

En declaraciones a Newtral.es, el portavoz de la CRUE manifestó el pasado 9 de enero que les parecía sorprendente que muchos ministerios no se hiciesen responsables y estén esquivando sus responsabilidades en la gestión administrativa y en el pago de las cotizaciones.

Según detalla Benítez Ostos, el coste que se ha calculado de la cuota empresarial por los alumnos en prácticas, tras aplicar la bonificación del 95% es de 0,13€ por contingencias comunes, por cada día de prácticas.

Y aunque parezca reducida, para una empresa o para la Universidad, también hay que tener en cuenta el coste del trabajo administrativo para cursar las altas, bajas y cotizaciones de los citados trabajadores.

Por otro lado, también hay críticas por aquellos que piden ir más allá y defienden que, pese al avance en justicia social para este colectivo, continúa siendo necesario regular un Estatuto de las Personas Becarias que proteja y garantice sus derechos, con una perspectiva integral.

LA COTIZACIÓN DE LOS BECARIOS

La cotización en el supuesto de prácticas formativas remuneradas será la base mínima de cotización vigente en cada momento respecto del grupo de cotización 7.

Y la cotización en el supuesto de prácticas formativas no remuneradas consistirá en una cuota empresarial por cada día de prácticas formativas por contingencias comunes y por contingencias profesionales, que tendrá en cuenta la exclusión de la cobertura de la incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

La base de cotización mensual aplicable a efectos de prestaciones será el resultado de multiplicar la base mínima de cotización vigente en cada momento respecto del grupo de cotización 8, por el número de días de prácticas formativas realizadas.

A efectos de prestaciones, cada día de prácticas formativas no remuneradas será considerado como 1,61 días cotizados, sin que pueda sobrepasarse, en ningún caso, el número de días del mes correspondiente. 

(fuente confilegal)