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NOTA RESUMEN: Ley 4/2022, de 25 de febrero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.

Esta ley obedece a la necesidad, ya reflejada en la Nueva Agenda del Consumidor, de garantizar tanto la
asequibilidad a los productos, bienes y servicios, como la disponibilidad de información clara, accesible y fácil
de manejar sobre ellos; la adopción de un enfoque no discriminatorio en la transformación digital o en ningún
otro ámbito, por razón de edad o género. En resumen, proteger a las personas consumidoras que, por
encontrarse en una situación de vulnerabilidad, no puedan adoptar una decisión acorde a sus intereses en
una relación de consumo.
A parte de modificaciones normativas en los ámbitos de las personas trabajadoras de los centros portuarios
de empleo, empresas de trabajo temporal, bienes del sector ferroviario, medidas urgentes en el ámbito social
y económico para hacer frente al COVID-19, entre las que se incluye la suspensión hasta el 28 de febrero de
2022 del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para las personas económicamente vulnerables
sin alternativa habitacional, y de la Ley de Aguas; esta ley abarca notables modificaciones que afectan al
texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes
complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y al Real Decreto
Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la
Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
En cuanto a estas dos últimas normativas modificadas, destaca el hecho de que en esta ley se incluye por
primera vez en la normativa estatal de defensa de las personas consumidoras la figura de la persona
consumidora vulnerable, que deberá ser objeto de especial atención tanto por parte de autoridades
públicas como del sector empresarial en las relaciones de consumo.
Esta situación de vulnerabilidad puede ser determinada por situaciones económicas, de indefensión,
subordinación, desproporción, o por circunstancias sociales, situaciones todas ellas que pueden verse
agravadas por la actual crisis sanitaria. Por tanto, este término de vulnerabilidad en el ámbito del consumo,
se presenta como un concepto dinámico, pudiendo ser temporal y no definiendo exclusivamente a personas
o colectivos considerados vulnerables de una forma estructural o permanente