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Cómo consultar la prestación por desempleo y no perderse en la web del SEPE

La página web del Servicio Público de Empleo Estatal (www.sepe.es) es una de las más visitadas desde el inicio del estado de alarma por los miles de trabajadores afectados por la cascada de expedientes de regulación de empleo (ERTE), que quieren saber cuál es el estado de su prestación por desempleo. En Aragón,  se han tramitado un total de 13.972 expedientes que afectan a 106.826 trabajadores. Las prestaciones corren a cargo del Estado.

El ingente volumen de casos ha colapsado los servicios de empleo, retrasado el pago y desesperado a muchos usuarios que todavía no han recibido su prestación. Por ello, las llamadas y visitas a la página web del SEPE están siendo constantes. En esta última se ha incluido una guía para entrar paso a paso a consultar la prestación y se recuerda que «las personas afectadas por ERTE no tienen que presentar solicitud de prestación por desempleo. Su empresa se encargará de hacerlo cuando esté aprobado el ERTE».

Desde el Colegio de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja explican que todos los que han solicitado la prestación por desempleo por un ERTE por la actual crisis provocada por la Covid-19 «han recibido o recibirán resolución por parte del SEPE detallando los cálculos del mismo». Su presidenta, María Teresa Gómez Latorre, reconoce que «la interpretación de estos datos es compleja si no tenemos en cuenta el significado de los términos técnicos que contienen».

A ello se une la «gran casuística, casi tanta como personas», ya que «en el cálculo de las prestaciones influyen las circunstancias no solo personales sino también contractuales», entre las que detalla reducciones de jornada, porcentajes de reducción, influencia de incorporaciones parciales, consecuencias en Renta para la declaración del año siguiente, si los importes ya tienen aplicadas las retenciones del IRPF que constaban en las nóminas, etc.

Documentación para consultar los datos: DNI electrónico o el IBAN

Para llegar a sus datos, el trabajador tiene que acceder al apartado ‘Sede electrónica’, dentro de él al de ‘Procedimientos y servicios’, después al de ‘Personas’, de ahí a ‘Consulte los datos y recibo de su prestación’, seguido de ‘Consultas de la prestación’. Para poder conseguirlos será necesario tener el DNI electrónico, el certificado digital o la contraseña llamada Cl@ve con la que se pueden hacer otros trámites con la Administración como presentar la declaración de la Renta.

Si no se dispone de ellos, se podrá acceder introduciendo los 10 últimos dígitos del número IBAN de la cuenta bancaria en la que se vaya a ingresar el paro (puede modificarse solicitándolo por esta misma vía o por teléfono)  y el número de teléfono móvil. Si la prestación está reconocida se podrá ver la cuantía y la duración de la misma.

Una vez se tienen los datos en la mano, los gestores destacan algunos conceptos que hay que conocer como qué es la «base reguladora» de la que parte el cálculo. «Nos han explicado que íbamos a cobrar el 70% de nuestro de salario, pero desconocemos realmente las cantidades que lo componen, y más si luego nos dicen que cantidades consignadas por ejemplo con el título dietas en nuestras nóminas no se tendrán en cuenta para su cálculo», señala la presidenta.

«La base reguladora es la base por la que estamos cotizando todos los meses a la Seguridad Social y que comprende tanto el total del salario bruto (antes de impuestos y cotizaciones a la Seguridad Social del trabajador)», señale, a la que se suma la parte proporcional de pagas extras, «sin tener en cuenta aquellos conceptos como los suplidos (determinados gastos) que por normativa no cotizan».

Para poder revisar el cálculo, aconseja «tener a mano las últimas seis nóminas ya que tiene en cuenta los últimos 180 días considerados de fecha a fecha y no por meses completos». Esto permite saber la Base Reguladora Diaria. «De ahí nos calcularán el 70% y por fin habremos llegado a la cantidad a la que tendremos derecho multiplicándolo por el número de días del mes que vayamos a percibir», concluye.

Habrá que restar «las cotizaciones a la Seguridad social que continuaremos con la obligación de pagar a pesar de cobrar esta prestación».

Problemas al incorporar a los hijos

Otro de los puntos a tener en cuenta es que existen unos mínimos y unos máximos a percibir y que estos están condicionados por el número de hijos que tengamos a cargo, dato que también aparece en la resolución del SEPE. «Está siendo frecuente que existan errores debido a la premura y rapidez que se ha necesitado para la comunicación y procesamiento de los datos tanto por parte de las empresas como por parte de la Administración», reconocen los gestores administrativos. Por ello, recomiendan «estar atentos para poder modificarlos si el SEPE no la realiza de forma automática en los próximos meses», como está previsto.

El trabajo del colectivo de gestores administrativos ha sido agradecido esta semana por Felipe VI a través de una videoconfencia en la que participó la presidenta del colegio aragónes como miembro del Consejo General. El Rey mandó un mensaje de agradecimiento el colectivo por su papel durante toda la crisis sanitaria. Este destacó su labor en la gestión de trámites que van desde los ERTES, los ceses de actividad de autónomos y las ayudas.

(fuente heraldo de aragon)